El campo TipoDeComprobante del CFDI se llena con una clave del catálogo c_TipoDeComprobante. Estos son los tipos y cuándo se usa cada uno.
Se emite por los ingresos que obtienen los contribuyentes: prestación de servicios, arrendamiento, honorarios, donativos recibidos, enajenación de bienes y mercancías —incluida la enajenación en operaciones de comercio exterior—, entre otros.
Ampara devoluciones, descuentos y bonificaciones para efectos de deducibilidad. También sirve para corregir o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que documenta, como la aplicación de anticipos. Es el que se conoce como nota de crédito.
Acredita la tenencia o posesión legal de las mercancías durante su trayecto. Lo emite el propietario, poseedor o tenedor de los bienes cuando los traslada por medios propios, con valor cero y la clave genérica del receptor.
Hoy este comprobante va acompañado del complemento Carta Porte cuando el traslado implica transitar por un tramo de jurisdicción federal. La excepción tiene dos condiciones que deben cumplirse las dos —vehículo que no exceda un camión tipo C2 y tramo federal dentro de un radio de 30 kilómetros—: las condiciones completas están aquí.
Se emite por los pagos de remuneraciones de sueldos, salarios y asimilados. Es una modalidad del comprobante de egresos y lleva el complemento de nómina.
Incorpora el complemento para recepción de pagos. Se emite en operaciones de pago en parcialidades o diferido, y cuando al expedir el CFDI no se recibe el pago de la contraprestación. Facilita la conciliación de las facturas contra los pagos. Cómo sale en Crol: El Recibo Electrónico de Pago del depósito.
Se expide cuando se informa de retenciones de impuestos, incluidos los pagos a residentes en el extranjero y las retenciones que se les efectúan. No forma parte del catálogo c_TipoDeComprobante, porque se genera con el estándar del rubro II del Anexo 20.
Fundamento: Anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet” versión 4.0 y catálogo c_TipoDeComprobante, publicados en el Portal del SAT.