Retención del 1.25% de ISR en el régimen simplificado de confianza (RESICO)

Retención del 1.25% de ISR en el régimen simplificado de confianza (RESICO)

A partir del 1º de enero del 2022,  cuando las empresas que se encuentren inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ante el SAT y que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener, el monto que resulte de aplicar la tasa del 1.25% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin considerar el impuesto al valor agregado (Art. 113-J LISR).

 

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Pasos para generar una factura de venta con retención del 1.25% de ISR en Crol.

1. Configura el servicio, arrendamiento o  producto  en el catálogo de productos y servicios.

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Selecciona ISR RETENIDO REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA 2.5% NO ACREDITABLE  en el campo Retención ISR de la sección Impuestos para ventas.

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 2. Genera la factura de venta, selecciona el producto o servicio  en las partidas de la transacción, la retención de ISR al 1.25% se calculará en forma automática cuando el emisor de la factura sea PERSONA FÍSICA y el receptor sea una PERSONA MORAL.

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Representación impresa

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Pasos para registrar una factura de gastos con retención del 1.25% de ISR en Crol

Registra la factura de gastos ya sea en forma automática a través de la carga del CFDI o en forma manual.mceclip0.png

  • Registra la partida y en el campo ISR Retenido selecciona ISR RETENIDO REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA 1.25 % NO PAGADO.
  • El InteliTran guardará la relación de los conceptos e impuestos para que sean sugeridos en futuros registros.

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