Facturar con retención de ISR cuando estás en el RESICO en Crol ERP

Facturar con retención del 1.25% de ISR cuando estás en el RESICO

CÓMO SE HACE ⏱ 6 min 📦 Contabilidad y finanzas. Impuestos y cumplimiento fiscal

Configurar un servicio o producto para que sus ventas lleven la retención del 1.25% de ISR del RESICO, y emitir la factura. Se hace cuando eres persona física del RESICO y le facturas a una persona moral. Al terminar, Crol calcula la retención sola en cada factura de ese producto y la desglosa en el CFDI.

Pre-requisitos

  • Tu empresa está dada de alta en Crol como persona física del RESICO.
  • El cliente al que le vas a facturar está capturado en el catálogo de contactos como persona moral, con su RFC de 12 posiciones.
  • El servicio o producto que vas a vender ya existe en el catálogo de productos y servicios.
  • Tu usuario tiene permiso para modificar el catálogo de productos y servicios.

Configura el producto o servicio

Esto se hace una sola vez por producto o servicio. La configuración vive en la ficha del registro, en la sección Impuestos para ventas, junto al IVA y a las demás retenciones.

Sección Impuestos para ventas de la ficha de un servicio en el catálogo de productos y servicios de Crol ERP, con los campos IVA, IEPS, Retención IVA, Retención de ISR, IEPS retenido e Impuesto cedular retenido
  1. Entra a Configuración y abre el catálogo de Productos y servicios.
  2. Localiza el producto o servicio en la pantalla de consulta y ábrelo con doble clic.
  3. Haz clic en Modificar y baja hasta la sección Impuestos para ventas.

Despliega el campo Retención de ISR. La lista trae todas las retenciones de ISR del catálogo; la del RESICO es la que dice AL 1.25% NO ACREDITABLE.

Campo Retención de ISR desplegado en la sección Impuestos para ventas de Crol ERP, con la opción del régimen simplificado de confianza no acreditable marcada dentro de la lista de retenciones
  1. Selecciona ISR RETENIDO REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA AL 1.25% NO ACREDITABLE.
  2. Haz clic en Guardar.

El campo queda con la retención puesta. De aquí en adelante, cada vez que uses ese producto o servicio en una factura de venta, Crol calcula la retención sin que tengas que hacer nada.

Campo Retención de ISR ya configurado en la sección Impuestos para ventas de Crol ERP, mostrando la opción del régimen simplificado de confianza guardada en la ficha del servicio
Nota: el catálogo tiene dos campos parecidos y no son el mismo. Retención de ISR, en Impuestos para ventas, es el que usas cuando tú emites. Retención ISR, en Impuestos para compras y gastos, es del lado del que paga. Fíjate en el encabezado de la sección antes de elegir.

Emite la factura de venta

Con el producto ya configurado, la factura es la de siempre. Lo único que cambia es que aparece un renglón más en el resumen del documento.

  1. Entra a Factura de venta y haz clic en Nuevo.
  2. En Nombre / Razón social elige al cliente. Crol carga su RFC, su domicilio fiscal y sus condiciones.
  3. En la tabla de documentos captura la partida: elige el producto o servicio en Descripción y captura la Cantidad.

En cuanto la partida tiene importe, el resumen del documento muestra el campo ISR Retenido con la retención ya calculada. En el ejemplo, sobre un importe de 901.0893 la retención es de 11.2636, y el total baja de 1,045.26 a 1,034.00.

Resumen del documento de una factura de venta en Crol ERP con el campo ISR Retenido calculado en 11.2636, junto a los campos Importe, IVA, Total y Saldo
  1. Revisa que el ISR Retenido sea el 1.25% del Importe, no del total con IVA.
  2. Haz clic en Guardar y después timbra el documento.

Resultado esperado

Para revisarlo, entra a Previsualizar impresión y elige Reporte. La representación impresa desglosa la retención en dos lugares: en la partida, con su base y su tasa, y en los totales, como RETENCION ISR 1.25% restando al total.

Representación impresa completa de una factura de venta de Crol ERP, con los datos fiscales del emisor y del receptor, la partida y el bloque de totales resaltado, donde el renglón de retención de ISR resta al Total del comprobante
  • La partida muestra el renglón del impuesto 001 ISR con su base, la tasa 0.012500 y el importe retenido.
  • Los totales muestran Subtotal, IVA 16%, RETENCION ISR 1.25% y el Total ya neteado.
  • El importe con letra corresponde al total neto, que es lo que te va a depositar el cliente.
Importante: el Estado del documento —Capturado, Saldado— habla de la cobranza, no del timbrado. Que diga Capturado no significa que el CFDI no se haya emitido. El timbrado lo confirma el indicador Comprobante validado satisfactoriamente, la palomita verde que aparece en el encabezado del documento y en su renglón del listado, junto con el Folio Fiscal de la representación impresa.

Variaciones y notas

  • Varios productos en la misma factura: la retención se calcula partida por partida y se suma en el resumen. Los productos que no tengan la retención configurada no aportan nada a ese renglón.
  • Arrendamiento: el concepto que uses para la renta se configura igual, en Impuestos para ventas, con la misma opción del RESICO.
  • Facturas anteriores: configurar el catálogo no recalcula lo ya emitido. Solo aplica a los documentos que captures después.

Errores frecuentes

«Capturé la partida y el ISR Retenido se queda en cero»

Causa: el producto o servicio de esa partida no tiene la retención configurada en Impuestos para ventas, o se configuró en la sección de compras y gastos por equivocación.

Solución: abre la ficha del producto, verifica que el campo con la retención sea el de la sección Impuestos para ventas y vuelve a capturar la partida en la factura.

«La retención me salió sobre el total, no sobre el subtotal»

Causa: casi siempre es una revisión a ojo sobre el total con IVA. La base legal es el importe sin IVA.

Solución: compara contra el campo Importe del resumen, no contra el Total. En la representación impresa, el renglón del impuesto 001 ISR te muestra la base exacta que usó Crol.

«Le facturé a una persona física y también me retuvo»

Causa: la retención del artículo 113-J solo la hacen las personas morales. Si el receptor es persona física, no procede.

Solución: revisa el RFC del contacto. Crol decide por el RFC del receptor, no por su régimen fiscal: con un RFC de persona moral calcula la retención y con uno de persona física no la aplica, aunque el producto la traiga configurada. Si la retención apareció donde no debía, casi siempre el contacto está capturado con el RFC equivocado.

Hazlo simple.