Se publica en el DOF del 30 de marzo de 2020 el Acuerdo del “Consejo de Salubridad General” (Órgano Constitucional Colegiado) declarando como “Emergencia Sanitaria por Causa de Fuerza Mayor” a la epidemia del Covid 19, acordando que la Secretaria de Salud determinará las acciones necesarias.
Se publica en el DOF del 31 de marzo de 2020 el Acuerdo de la Secretaria de Salud para establecer medidas extraordinarias para atender la “Emergencia Sanitaria” por el virus Covid 19.
Las acciones extraordinarias son:
1. Suspensión inmediata de las actividades no esenciales, del 30 de marzo al 30 de abril 2020.
2. Enumera a 5 grupos con actividades esenciales que continuarán en funcionamiento durante la “Emergencia Sanitaria”:
3. Se acuerda que todos los lugares y recintos con actividades esenciales, de manera obligatoria:
4. Se exhorta a la población nacional o que arribe del extranjero cumplir con reguardo domiciliario del 30 marzo al 30 abril.
5. El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardiaca o pulmonar crónica, inmunosupresión, insuficiencia renal o hepática, independientemente si la actividad laboral se considera esencial.
6. Terminado el periodo de la cuarentena la Secretaria de Salud, de Economía y del Trabajo, emitirán los lineamientos de regreso ordenado, escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales.
7. Se acuerda que todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto a los derechos humanos de todas las personas.
La SHCP publica en el DOF el acuerdo de los estímulos fiscales a la gasolina y al diesel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de Abril 2020, sin cambio en el estímulo para el Diesel y una baja marginal para la gasolina Magna, en comparación con Marzo 2020.
La SHCP publica en el DOF la lista de los “EFOS”, que promovieron medio de defensa en contra de la presunción provisional o definitiva de operaciones inexistentes a que se refiere el artículo 69-B del CFF y una vez resuelto se dejó insubsistente la presunción provisional o definitiva.
Se publica en el DOF el Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS estableciendo que las autoridades, entes públicos, entidades, órganos u organismos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de la Federación, de las Entidades federativas y de los Municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos, así como cualquier persona física, moral o sindicato, que reciban y ejerzan recursos públicos federales deberán solicitar Opinión de Cumplimiento ante el IMSS a sus proveedores con operaciones por montos mayores a 300 mil pesos o cuando dichas Entidades otorguen estímulos o subsidios por montos mayores a 30 mil pesos.
Se publica en el DOF el Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS por el que se establecen días inhábiles para efectos de práctica de actuaciones, diligencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido del 31 de Marzo del 2020 y hasta que el Consejo Técnico declare que ha cesado la Emergencia Sanitaria. Durante ese periodo no correrán plazos ni términos.
El SAT da a conocer en su página de internet la 2a Versión Anticipada de la 1a Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2020, resaltando que la obligación de habilitar el “Buzón Tributario” y el de registrar y actualizar los medios de contacto del mismo será aplicable para personas morales a partir del 30 de Septiembre del 2020 y para las personas físicas a partir del 30 de Noviembre del 2020.
La Secretaria de Hacienda presenta al Congreso de la Unión los “Pre Criterios Generales de Política Económica para 2021”, resaltando que Hacienda prevé que en el 2020 la economía nacional pueda ubicarse entre un estancamiento del 0.1% o tener una contracción del 3.9%, con motivo de la situación actual de la epidemia Covid-19.
Se publica en el DOF el Decreto Presidencial por el cual se instruye se lleve a cabo el proceso de extinción o terminación de los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal. Los recursos públicos federales con motivo de la extinción o terminación se deberán concentrar en la Tesorería de la Federación a más tardar el día 15 de abril del 2020.
Artículo hecho por:
Ávila y Cía, S.C.
Contadores Públicos y Consultores Legales