¿Qué sanción hay por no traer la Carta Porte impresa? · Crol ERP

Sanción por no exhibir la representación impresa en papel o en formato digital, del CFDI (factura) con complemento Carta Porte

¿Qué pasa si en la verificación que realice la autoridad competente no se exhibe la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI (factura) con complemento Carta Porte que acredite el traslado de bienes y/o mercancías en territorio nacional?

En caso de que no se expida o no se acompañe la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI (factura) con complemento Carta Porte que ampara el traslado de los bienes y/o mercancías en territorio nacional, se incurre en una infracción que tiene como consecuencia una sanción que va de $760.00 a $14,710.00. Las cantidades antes citadas se actualizan anualmente y se darán a conocer en el Anexo 5 de la RMF vigente, asimismo serán adicionales a las multas que determine la autoridad correspondiente.

Fundamento: Artículos 29, 29-A, 83 fracción XII, y 84 fracción XI del CFF, reglas 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4. y 2.7.7.2.1. a 2.7.7.2.8. de la RMF vigente.