| REFERENCIA | | ⏱ 6 min | | 📦 Facturación electrónica (CFDI).Cancelación y notas de crédito |
Esta referencia describe los cuatro motivos de cancelación del SAT (01 a 04) que puedes elegir al cancelar una factura de venta, junto con los supuestos de cancelación sin aceptación del receptor y los plazos según la RMF.
Motivos de cancelación del SAT
Cuando cancelas una factura de venta que contiene un CFDI, debes elegir uno de los cuatro motivos de cancelación definidos por el SAT. Esta referencia describe cuándo aplica cada uno.
| Clave | Motivo | Cuándo aplica |
|---|
| 01 | Comprobante emitido con errores con relación | La factura tiene un error (clave de producto, valor unitario, descuento, etc.) y se reexpide. Primero se sustituye la factura; al cancelar, se incorpora el folio de la factura que la sustituye. |
| 02 | Comprobante emitido con errores sin relación | La factura tiene un error pero no requiere relacionarse con otra factura. |
| 03 | No se llevó a cabo la operación | Se facturó una operación que finalmente no se concretó. |
| 04 | Operación nominativa relacionada en la factura global | Una venta incluida en la factura global con el público en general; el cliente pide después su factura nominativa, por lo que se cancela la global y se reexpide. |
Cancelación sin aceptación del receptor (RMF 2.7.1.35)
La RMF permite cancelar un CFDI sin aceptación del receptor en varios supuestos. Algunos de ellos:
- CFDI que amparen montos totales de hasta $1,000.00.
- Por concepto de nómina, en el ejercicio en que se expidan.
- Por concepto de egresos o de traslado.
- Operaciones con el público en general (regla 2.7.1.21).
- Emitidos a residentes en el extranjero (regla 2.7.1.23).
- Cuando la cancelación se realice dentro del día hábil siguiente a su expedición.
Nota: Cuando se cancela aplicando esta facilidad pero la operación subsiste, debe emitirse un nuevo CFDI relacionado con el cancelado, conforme a la guía de llenado del Anexo 20.
Novedades 2026: la reforma refuerza que la cancelación requiere aceptación del receptor salvo las excepciones ya conocidas (monto menor a $1,000, ciertos supuestos de nómina, etcétera). Para hidrocarburos y petrolíferos, y para carta porte de combustibles, la RMF 2026 (reglas 2.7.1.34 y 2.7.7.1.6, vigentes desde el 24 de abril de 2026) elimina la presunción de aceptación tácita: en esos casos se requiere aceptación expresa del receptor, sin excepción.
Plazos para la cancelación (artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF)
La cancelación de los CFDI puede efectuarse a más tardar en el mes en que deba presentarse la declaración anual del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante (artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF). Este plazo está reformado para 2026: la RMF 2026 elimina la regla que antes lo regulaba (era la 2.7.1.46, no la 2.7.1.47) porque quedó incorporado directamente en ley — dejó de ser una facilidad administrativa.
Importante: Las reglas RMF y los plazos del SAT cambian con la normativa. Antes de aplicarlas, confirma la versión vigente en la sección Cumplimiento México del portal.
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