Número de la placa del vehículo en el que se trasladarán los bienes o mercancías

Número de la placa del vehículo en el que se trasladarán los bienes o mercancías

Si me dedico al traslado de bienes y/o mercancías vía autotransporte federal, ¿es necesario señalar en el CFDI (factura) con complemento Carta Porte, el número de la placa del vehículo en el que se trasladarán los bienes y/o mercancías?

Sí, es un dato obligatorio para la emisión del CFDI (factura) con complemento Carta Porte.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, 80 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.