¿Cómo se deben clasificar los productos y servicios de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT?

¿Cómo se deben clasificar los productos y servicios de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT?

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La  clasificación  del  catálogo  se  integra  de  acuerdo  con  las  características comunes  de  los  productos  y  servicios, y  si  están  interrelacionados,  la  cual  se estructura de la siguiente manera:

División: Se identifica por el primero y segundo dígito de la clave.
Grupo: Se identifica por el tercero y cuarto dígito de la clave.
Clase: Se identifica por el quinto y sexto dígito de la clave.
Producto: Se identifica por el séptimo y octavo dígito de la clave.

Un ejemplo es la clave 10101502:

División Grupo Clase Mercancía o Producto Descripción
Dígitos verificadores para fines de análisis Dígitos agrupadores para categorías de productos relacionados entre sí Dígitos para identificar a los productos que comparten Grupo de productos o servicios sustitutivos Definición del producto o servicio
10 10 15 02 Perros

 

Se   debe   registrar   una   clave   que   permita   clasificar   los   conceptos   del comprobante, los  cuales se  deberán  asociar  a nivel  Clase, es decir, cuando  los últimos dos dígitos tengan el valor cero "0", no obstante, se podrán asociar a nivel Producto, siempre y cuando la clave esté registrada en el catálogo. 

 

¿Cómo identificar la Clase en la asignación de productos y servicios SAT en Crol?

Cuando realices la búsqueda (en el campo Producto o servicio SAT), del producto o servicio que se asignará, la descripción de la Clase se mostrará en color verde, como se observa en la siguiente imagen. 

 

 

 

Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT